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Instrucciones sobre la realización de pruebas diagnósticas para la detección del COVID- 19 en el ámbito empresarial. Actualizado 30.06.2020

Actualizado 30.06.2020

El Ministerio de Sanidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, publicó la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19, de 6 de mayo, que ha sido trasladada al BOE mediante la Orden SND/404/2020, de medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-Covid-2 donde se regulan las obligaciones y procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica en relación a la infección del COVID – 19.

El objetivo de la Estrategia es la detección precoz de cualquier caso que pueda transmitir la enfermedad. Se considera caso sospechoso de infección, cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa con fiebre, tos o sensación de falta de aire.

La detección precoz de infección por SARS-Cov-2, se hará mediante la realización de una PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, a todos los casos sospechosos de infección en las primeras 24 horas.

Por su parte la OMS indica que la prueba molecular (por ejemplo PCR) de muestras del tracto respiratorio es el método recomendado y prioriza su utilización frente a otras estrategias. En cuanto a las pruebas de diagnóstico mediante test rápidos las recomienda solo en entornos de investigación e indica que no deben usarse en ningún otro entorno, hasta que esté disponible la evidencia que respalde el uso para indicaciones específicas.

En relación con la pandemia de COVID – 19, el programa de cribado poblacional es el que se recoge en el documento de la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID – 19. Los cribados que se realizan al margen del cribado poblacional y que o cuentan con suficiente respaldo científico, implican que su impacto en la salud sea incierto y las garantías de calidad, cuestionables.

No se recomienda la realización de cribados mediante la realización de PCR o técnicas serológicas, por las dificultades de interpretación de los resultados en personas asintomáticas y de bajo riesgo y las implicaciones en su manejo. Sólo podría considerarse su realización en determinadas situaciones y siempre bajo la recomendación de las autoridades de salud pública.

Por lo que, realizada la PCR a todo caso sospechoso de infección en las 24 primeras horas, la Estrategia indica que si resulta negativa y hay alta sospecha clínica de COVID – 19, se repetirá la PCR con una nueva muestra del tracto respiratorio. Si continua siendo negativa y han transcurrido varios días, se podrá plantear la detección de IgM mediante prueba serológica.

El sábado, 23 de mayo, se publicó en el BOE la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID‐19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración.

A continuación se expone, mediante el formato de preguntas – respuestas, el contenido del Decreto 16/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración.

El pasado sábado su publicó en el BOE el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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