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El Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente  convocó el pasado 28 de julio el Premio Alimentos de España 2017 con el fin de promover y estimular a los diferentes elementos de la cadena alimentaria, y reconocer el esfuerzo comercializador e innovador, de desarrollo rural y cuidado del medio ambiente. El certamen este año alcanza la XXX edición y se convoca para ocho categorías, siete de las cuales finaliza ahora el plazo para poder participar. El premio al mejor AOVE lo hace en próximo mes de diciembre.

Plazo para participar Finaliza el próximo 30 de Octubre.

El pasado día 12 de junio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios; que entrará en vigor el próximo día 12 de diciembre de 2017.

NO ES OBLIGATORIO RETRIBUIR A LOS BECARIOS, AHORA BIEN, SU CONTRATACION ES FRAUDULENTA SI SUS TAREAS BENEFICIAN A LA EMPRESA Y NO CONTRIBUYEN A SUS ESTUDIOS.

Como habrá visto por diversos medios de prensa, han aparecido algunas noticias donde determinadas empresas tienen a becarios de forma fraudulenta y sin sueldo.

Pues bien a raíz de esta polémica que ha surgido, cabe preguntarse si desde el punto de vista legal, ¿está obligada la empresa a remunerar a los becarios y, si es así, si existe una cuantía mínima que debemos abonarles?

El decreto 42/2017 de 11 de Julio,  publicado el 17 de Julio de 2017 tiene por objeto regular, en el ámbito de Castilla La Mancha, la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años. 

Serán subvencionables los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos: 

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