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Se ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2020/419 de la Comisión de 30 de enero de 2020, sobre medidas urgentes en la aplicación de las medidas de promoción en mercados de terceros países de los programas nacionales de apoyo, en virtud del actual contexto de crisis sanitaria global por la extensión del COVID-19.

Contenido más importante:

  • Si los efectos de una operación lo justifican, será posible prorrogar una medida de un mismo beneficiario en un tercer país o mercado de tercer país más allá del actual límite de 5 (3 + 2) años.
  • Para que los beneficiarios puedan reaccionar de forma adecuada y eficiente ante circunstancias excepcionales y adaptar sus mercados objetivo en función de las necesidades, procede autorizar a los Estados miembros a establecer excepciones a dichas normas permitiendo cambios en el mercado de destino, aun cuando el cambio no esté en consonancia con el objetivo inicial de la operación. Deberá notificarse a la autoridad competente.

 De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se dicta la ORDEN INT 262/2020 en la que se dispone lo siguiente en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor:

(Actualizado el 26/03/2020 según Orden INT/284/2020)

Con fecha 18 de marzo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Sin perjuicio de que la guía que encontrarás en este apartado aborda en exclusividad las cuestiones laborales, resulta de interés el compendio normativo “Crisis Sanitaria COVID-19”.

Pese a carecer de carácter normativo, se incluyen también las referencias pertinentes a las Guías elaboradas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así como el Criterio remitido por la Dirección General de Trabajo a las autoridades laborales de las comunidades autónomas.

Igualmente, dentro del PDF de la guía, se facilita el enlace del documento del Ministerio de Trabajo y Economía Social relativo a preguntas y respuestas más frecuentes sobre la presentación de ERTE,S derivados de coronavirus.

Y el de preguntas y respuestas más frecuentes en relación con el estado de alarma del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Publicada la Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre transporte por carretera, se comprueba que se debe modificar su artículo 1, a fin de suprimir la palabra público, referido a los transportes a los que resulta de aplicación, con la finalidad de que se pueda aplicar dicha Orden al transporte privado complementario, pues si no se efectúa dicha modificación, no le resultaría de aplicación.

Por tanto se dispone:

Primero. Modificación de la Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre transporte por carretera.

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